voy a plantar árboles en un terreno, qué es mejor aparcería o arrendamiento.

Autor de la pregunta:

Javier A

Pregunta:

Estoy estudiando arrendar una terreno pero voy a plantar yo los arboles.

Quisiera saber que formas juridicas son las más adecuadas, ya que al retrasarse la producción al menos 5 años un período de 10 o 20 años me resulta muy escaso.
Quisiera saber el precio de un contrato estandar que me preparaseis.
Igualmente quisiera saber que diferencias o ventajas tiene para mi arrendador el contrato de arrendamiento rustico sobre el de aparceria Me estoy planteando también la opción de meter al contrato de arrendamiento rustico una opción de compra venta.
También me gustaría me presupuestaras una clausula de compra de de producto futuro. Para fruto seco.

Respuesta:

por el contrato de un arrendamiento tu cedes el terreno (con los árboles) por el plazo que pacteis (mínimo 5 años, no hay máximo), y con una renta que puede ser aumentada con el IPC. En principio cobras todos los años y te desentiendes de hacer cuentas. A este contrato puedes añadirle las cláusulas que creas conveniente  y no vayan contra la ley (opción de compra, compra de producto futuro, etc…)

por el contrato de aparcería tu cedes las tierras (con los árboles) y el aparcero las trabaja, luego al final de la camapaña tenéis que hacer cuentas de gastos e ingresos habidos. Aquí los ingresos van a depender de la cosecha (si es buena o mala) o del precio de la misma (alta o baja), hasta final de campaña o de venta del producto no vas a saber los beneficios obtenidos, por eso existe más inseguridad.

PEro son decisiones personales en función del cultivo, la confianza con el aparcero, etc…

 

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