Esquema práctico del procedimiento sancionador en las Cooperativas.
REGULACION: Art. 24 Ley Cooperativas Castilla y león 4/2002. 1. Los socios sólo podrán ser sancionados por las faltas previamente tipificadas en los Estatutos, que se clasificarán en faltas leves, graves y muy graves. 2. Las infracciones cometidas por los socios prescribirán si son leves a los dos meses, si son graves a los cuatro meses, y … Leer más
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