Así se va a realizar la primera asignación de los derechos de pago básico de la nueva PAC

Agronews Castilla y León

29 de diciembre de 2014

Se asignarán derechos de pago básico de la PAC en 2015 a los agricultores activos que soliciten la admisión al régimen de pago básico en el periodo de presentación de la Solicitud Única 2015 y hayan tenido derecho a recibir pagos en la campaña 2013.

Además de estos casos, se considerarán también otras situaciones como son las compra-ventas o arrendamientos de tierras con derechos y las finalizaciones de contratos con cesión de derechos al arrendador que se hayan comunicado en la campaña de tramitación de la solicitud única 2014, así como los cambios de titularidad por herencia, jubilación siendo el cesionario un familiar de primer grado, fusiones y escisiones de personas jurídicas y cambios de denominación tramitados en 2014.

Si se demuestra que se han creado artificialmente las condiciones para la asignación de derechos no se asignarán o será limitada y NO se asignarán a explotaciones en las que la superficie admisible sea inferior a 0,2 hectáreas.

El número de derechos de pago a asignar será igual al número de hectáreas admisibles que el agricultor declare en su solicitud de ayuda 2015 o al número de hectáreas admisibles determinadas en la solicitud de ayudas 2013 si esa cifra fuera menor. Se tendrán en cuenta las transmisiones de explotaciones en las que hayan cedido tierras y derechos para cálcular las hectáreas admisibles en 2015.

En cuanto al importe a tener en cuenta en el cálculo, se computarán:

  • Los importes correspondientes al pago único 2014.
  • El 51,32% de los importes correspondientes a la prima a la vaca nodriza y a la prima complementaria.
  • Los importes del programa nacional para el fomento de rotaciones del cultivo de tierras en secano.
  • Los importes del programa nacional para el fomento de la calidad del tabaco.
  • Los importes del programa nacional del fomento de la calidad del algodón

El valor inicial de los derechos de pago básico para cada agricultor se realizará:

  • En el caso de que el agricultor declare superficie en una sola región, se dividirá el valor inicial total correspondiente entre el número total de derechos (hectáreas admisibles) que tenga asignados en dicha región.
  • Si el agricultor declara superficies en más de una región, se asignará en cada región una parte de los pagos totales percibidos en 2014 realizando el reparto de forma objetiva, y dividiendo entre la superficie declarada en cada región.

Una vez obtenido el valor unitario de los derechos de pago básico para 2015, se corregirá en función del proceso de convergencia por comparación con el valor medio regional en 2019.

  • Los derechos cuyo valor supere el valor medio regional, podrán corregirse su valor un máximo de un 30% de tal forma que en 2019 se ajusten al valor medio regional.
  • Aquellos derechos cuyo valor inicial sea inferior al 90% del valor medio regional en 2019, se incrementarán para 2019 en una tercera parte de la diferencia entre su valor unitario inicial y el 90% del valor medio.
  • En 2019 ningún derecho percibirá importes inferiores al 60% del valor medio regional.

Todas las correcciones se realizarán en cinco etapas comenzando en 2015.

A esta primera asignación de derechos de pago básico podrán realizarse alegaciones cuando concurran causas de fuerza mayor o dificultades excepcionales de aplicación, que están reguladas, así como por cambios de titularidad de explotación también regulados.

En 2015, en el otoño se estima, se comunicará a los agricultores el valor provisional de sus derechos de pago básico y antes del 1 de abril de 2016 se establecerán y comunicará el valor y número de los derechos de pago básico definitivos.