Autor de la pregunta:
José Luis
Pregunta:
Soy un agricultor y tengo hecho un contrato con un ayuntamiento en el cual en el apartado 5 dicen que se formaliza a riesgo y ventura, yo les envié una carta para decirles que la finca estaba llena de piedras y que había que quitarlas, cosa que hecho y con ello quiero descontárselo del contrato, ellos dicen que no quieren saber nada. la ley me ampara en poder descontar dicho trabajo del pago del arrendamiento.
Respuesta.
los contratos de arrendamiento con los Ayuntamientos se rigen por lo que diga el contrato, por lo que habría que leer el mismo;
pero si no dice nada al respecto, se entiende que Ud, conocía el estado de la finca y decidió arrendarla así, por lo que no puede descontar la limpieza de piedras de la renta,
Celia Miravalles, abogado
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