¿obtener una nota simple del registro basta para interrumpir la posesión?

Autor de la pregunta:

Pedro

Pregunta:

Hola, me gustaría saber si en un proceso de usucapion extraordinaria de unos terrenos, el obtener una nota simple del Registro de la Propiedad, por parte de quien pretende usucapir, para conocer quién consta allí como dueño de esos terrenos, podría ser considerado como una interrupción de la posesión o de la prescripción adquisitiva. Gracias.

 

Respuesta:

junto con otras pruebas podria entenderse que al buscar otro dueño el que está poseyendo no se considera dueño, lo mejor es que la nota simple la pida otra persona

Celia Miravalles, abogado

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