A la muerte de un propietario que tiene las fincas arrendadas ¿Debe dejar las tierras el arrendador? ¿Cuando?

Autor de la pregunta:

Elda

Pregunta:
Me gustaría saber a la muerte de un propietario que tiene las fincas arrendadas ¿qué ocurre?
 
¿Debe dejar  las tierras el arrendador?  ¿Cuándo?
 
¿Qué deben hacer los herederos?
 
Muchas gracias por anticipado.
 
Respuesta:
 
Los herederos se colocan en la posición del arrendador y deben mantener el arrendamiento existente, hasta la finalización de la duración pactada o hasta la finalización de la prórroga; prórrogas que puede interrumpirse avisando con un año de antelación (siempre que estemos hablando de contratos posteriores a 1995) a la finalización de la misma.
 

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