Autor de la pregunta:
Abilio
pregunta:
Tengo contrato arrendamiento rustico que concluye el 31 diciembre 2015. La arrendadora fallecio año pasado, aunque no me entere hasta este año.
Me han mandado comunicación herederas recientemente, en que me comunican que no quieren que siga contrato. En su escrito dice que su madre era arrendadora y usufructuaria ( circunstancia que yo desconocia y de la que imagino será cierta pero no estoy seguro ). Asi que a ver si me puede decir si tengo algún derecho a continuar con el arrendamiento de dichas tierras.
respuesta:
si la arrendadora solo tenía el usufructo, el arrendamiento rústico se acaba al fallecer la arrendadora, aunque el rentero tiene derecho a continuar la presente campaña agrícola hasta la recolección de la cosecha
Celia Miravalles, abogado
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