Autor de la pregunta:
Ricardo del Canto
La actual ley de Arrendamientos Rústicos (2003) señala que la renta se fijará en dinero y será la que libremente pacten las partes.
Y las partes podrán fijar un sistema de actualización, normalmente el IPC.
Por tanto no existe cuantía máxima para fijar una renta, lo que el propietario pida y lo que el arrendatario esté dispuesto a pagar.
No obstante aquí te dejo un artículo en el que damos las referencias medias de los arrendamientos a modo orientativo: https://agro.profesionalcode.com/el-precio-medio-del-arrendamiento-rustico-se-situa-en-121-euros-la-hectarea
Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso.
¿TIENES DUDAS?
Puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 10), en tfo. 630903068 / 983343960, o en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com
