Autor de la pregunta:
Luis
pregunta:
en caso de trasmitir los derechos de padre a hijo gratuitamente, sin contraprestación por jubilación de trasmitente. Estaban los dos autónomos. Cual es el supuesto que hay que aplicar??? Hacienda ahora nos reclama el IRPF del transmitente. De hace cuatro años. Gracias.
respuesta:
el transmitente (padre) tendría que haber declarado el incremento patrimonial (a lo que le adjudicaron el derecho menos el valor de transmisión)
y el hijo, al ser una cesión gratuita, si fue sin tierras el 21% de IVA si fue con tierras el impuesto de donaciones
Celia Miravalles, abogado
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