Autor de la pregunta:
CC
pregunta:
Tengo una parcela de mi propiedad en la provincia de Zamora.
En cuanto al precio llegado a un acuerdo verbal con el arrendatario.
Asimismo hemos acordado hacer un contrato que estoy redactando en función de la Ley 49 del 2003 y Ley 26 del 2005.
Mi duda es la siguiente, cual sería actualmente la duración mínima exigible , cinco años o puede ser menor.
En el supuesto que fueran cinco años en la fecha de inicio del contrato, si posteriormente se modificase la Ley podría acortar la duración. Parece ser que se está planteando una duración menor de cinco años según he leído en algún periódico.
Muchas gracias por su ayuda
respuesta:
actualmente la duración mínima del contrato son 5 años, si en el futuro se aprueba una duración menor lo mas lógico es que ocurra como hasta ahora, que no sea retroactiva, es decir que esa duración menor se aplique desde la entradad en vigor de la nueva ley a nuevos contratos, pero hasta que no se apruebe la norma no podemos asegurar nada.
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