pregunta:
Si mi padre tiene unos derechos de la PAC de unas tierras de mi madre ya fallecida. Se los puede dar a mi hermano en vida? Esas tierras son solo de mi madre, heredadas de su padre. Cuando les da los derechos a mi hermano y nosotros el día de mañana heredamos esas tierras. Mi hermano, seguiría cobrando la PAC de por vida? Y si vendo yo como propietaria las tierras??
respuesta:
n primer lugar es necesario saber cómo adquirió su padre esos derechos. Si los generó él como beneficiario de ayudas o los adquirió, aunque los haya justificado con fincas propiedad de su madre, puede hacer con ellos lo que quiera porque son suyos.
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Sandra del Valle, técnico experta en PAC y ayudas
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