Autor de la pregunta:
javier
pregunta:
tengo unas fincas rústicas.
Las arrendamos desde hace 20 años.
Recibo una renta anual escasa por ellas del agricultor arrendador.
Me encuentro con que dichas tierras son explotadas y no tengo derechos PAC sobre ellas.
Quiero conocer si hay algún modo de recuperar los derechos como legítimo propietario.
O si esos derechos caducarán y se emitirán unos nuevos en la nueva política de PAC que haya en un futuro. No sé cuánto tendré que esperar o si son derechos concedidos para siempre.
respuesta:
Los derechos de pago único que se venían percibiendo los generó el arrendatario y por tanto son suyos y como beneficiario de estos importes en 2014 será a él a quien le asignen los nuevos derechos de pago básico que podrá justificar en las hectáreas admisibles que declare.
Por ser propietario no se tiene ninguna prioridad o legitimidad para ser beneficiario de derechos de pago único/básico.
Si usted empieza a explotar sus parcelas directamente y cumple los requisitos que permiten acceder a la reserva nacional podrá solicitar derechos, en otro caso, la única opción que le queda para percibir ayudas es esperar al próximo año y adquirir derechos para justificar en sus tierras, teniendo en cuenta que deberá ser agricultor activo para esta adquisición
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