Autor de la pregunta:
Rosa Gago Gómez
Los derechos de pago único, en este caso, efectivamente, serán de tu familiar. Respecto a que tú personalmente puedas explotar tus fincas, queda por definir, por parte del Estado, quién será considerado "Agricultor Activo", y las limitaciones que tendrá respecto a ser o no cotizante a la seguridad social en un régimen agrario. Tendremos que esperar un poco todavía a que este aspecto esté definido.
