Mi padre cobraba la pac y fallecio en diciembre de 2014. Los herederos no somos agricultores en activo, ¿tenemos derechos a la pac-2015? ¿Cuando se declararía en caso afirmativo? Gracias.

Autor de la pregunta:

JUan

Si los herederos no son agricultores activos, en el caso de las herencias es el único que se permite la asignación de derechos de pago básico siempre que los vayan a transmitir a alguien que sí lo sea. Deben realizar las comunicaciones pertinentes antes de que finalice el plazo de presentación de la solicitud única 2015.

 

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com

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