Si le han incapacitado para el ejercicio de la actividad agraria, obviamente no podrá seguir trabajando en ella si bien, podrá seguir gestionándola y cobrando las ayudas siempre que acredite quién es la persona que realiza los trabajos en la explotación y esto debe ser muy especifico, es decir, o bien tiene un trabajador contratado y usted solo toma las decisiones, o bien acredita quien es el colaborador de la explotación que realiza las tareas y cumple todos los requisitos.
Sandra del Valle, técnico experta en PAC y ayudas
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