los limites de exclusión de REAGP y EO son equiparables

Autor de la pregunta:

Jorge

Pregunta:

He visto que existe un límite de exclusión en el REAGP de 250.000 euros por el volumen de operaciones

También existe un límite de exclusión de estimación objetiva de 250.000 euros en rendimientos integros

 
¿Estos dos limites son equiparables? se calculan igual en la mayor parte de los casos? Yo por ejemplo por estar en estimación objetiva, al superar los 250.000 euros en rendimientos íntegros, supondría también una exclusión del REAGP por superar ese límite?
 
respuesta:
Son límites distintos, puedes superar los 250.000 € en estimación objetiva, y no superarlos en REAGP, en ese caso tributarias en estimación directa las cantidades del régimen de estimación objetiva, y los ingresos de la agricultura, ganaderías y esca, en el REAGP.
 

Sandra del Valle, técnico experta en PAC y ayudas

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