Autor de la pregunta:
Angela
Pregunta:
Mis padres arrendaron unos terrenos hace 30 años ó mas mediante un contrato verbal el pac lo hace el agricultor. Al morir ellos siguio llevandolo de la misma manera. Quisiera hacer el pac de mis tierras y he hablado con el agricultor, este me firma ante notario que cede los derechos de esos terrenos. ¿Podre hacer el pac el año que viene?
Respuesta:
Según se plantea la futura normativa, solo podrán transmitirse los derechos a aquellos agricultores que se consideren "activos", a excepción de los casos de herencias, por lo que, si usted no cumple esa condición es bastante probable que no pueda acceder a las ayudas a no ser que los pagos que vaya a percibir sean inferiores a 1250 € y, por tanto, pueda integrarse en el régimen de pequeños agricultores que está exento de este requisito.
Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com
