Pregunta:
Le escribo porque mi padre de 62 años tiene ovejas (unas 160 cabezas). Por estas ovejas está cobrando la ayuda del PAC. Con la nueva reforma del PAC le han comunicado que podría pasar los derechos de esas ovejas a tierra y seguir cobrando la ayuda sin necesidad de tener objetas.
Le escribo para informarme si esto es así realmente.. las dudas sería:
– ¿es posible pasar los derechos de las ovejas a la tierra y seguir cobrando la ayuda sin tener las ovejas?
¿esto se puede solicitar todos los años o solo este año?
¿qué cantidad de tierra es necesaria para trasladar los derechos de 120 ovejas?
– en caso de que no se pueda..¿existe otra opción para mantener la ayuda y no mantener las ovejas?
– en caso de vender las ovejas ¿se venden con la ayuda?
Le escribo desde Andalucía ( no sé si la ayuda es distinta en cada provincia).
Muchas gracias por la atención
Respuesta:
Actualmente, las ayudas de la pac se están cobrando en función de derechos de pago único, y solamente se justifican con ganado en caso de que sus derechos sean especiales y no tenga ninguna superficie en cuyo caso debe mantener al menos el 50% de la cabaña ganadera con la cual se generaron esos derechos.
También se cobran en función de cabezas de ganado algunas ayudas específicas que se mantienen acopladas a la producción (desventajas de ovino, calidad, etc) pero el grueso de las ayudas de la pac se está cobrando según derechos, y habría que saber de qué tipo son los que tiene su padre.
A partir del próximo año, para que a su padre le asignen derechos de pago básico, además de cumplir los demás requisitos, deberá tener superficie, hectáreas admisibles, y en caso de que esto fuese imposible, probablemente reciba alguna compensación al respecto o, en todo caso, podrá optar a los pagos acoplados a los sectores ganaderos, previstos en la nueva pac.
Si le asignan los nuevos derechos los justificará con superficies pero para ello debe declararlas en la campaña 2015.
Las ovejas se venden sin ayuda ya que las transferencias de derechos, pueden ir o no vinculadas a tierras pero no a ganado.
Las comunidades autónomas pueden tener particularidades pero se rigen por normativa nacional y comunitaria.
Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com