¿Cómo pueden tener los derechos a una subvención por cultivo de unas tierras personas que son ajenas a esas tierras, ni las cultivan ni están a su nombre?

Autor de la pregunta:

mjesús

Pregunta:


Tenemos unas tierrecillas  en la provincia de Zamora  entres 6 hermanos y los derechos los cobraba la hermana mayor que por desgracia falleció.
Al parecer los derechos se pusieron a nombre de su Esposo el cual cobra los derechos como si fuese una herencia y se los queda.
Ahora queremos vender las tierras y nos dice que los derechos se han perdido (parece ser que no llegan al mínimo para poder pedir la ayuda) y que las han
vendido, a personas que viven en otro lugar………

Mi pregunta es::::


¿¿¿¿¿¿Cómo pueden tener los derechos a una subvención por cultivo  de unas tierras personas que son ajenas a esas tierras, ni las cultivan ni están a su nombre????????.

Los que nos quieren comprar las tierras  las quieren con  los derechos.

Si pudieran sacarnos de duda se lo agradecería.

respuesta:

Repetimos una vez más, LOS DERECHOS NO SON DE LA TIERRA SINO DE QUIEN LOS GENERÓ DURANTE EL PERIODO DE REFERENCIA.
En este caso, si su hermana declaró esas superficies en los periodos de referencia y generó unos derechos, al fallecer, esos derechos pasan a sus herederos, que pueden justificarlos con cualquier hectárea admisible, independientemente de que sean las tierras que los generaron o no. Igualmente pueden transferirlos a un tercero.

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com

 
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