CÓMO PUEDE MI PADRE CEDERNOS LAS TIERRAS Y LOS DERECHOS (TENIENDO EN CUENTA QUE NOS PONDRIAMOS COMO AGRICULTORES ACTIVOS Y TODO ESO)

Autor de la pregunta:

MARIA

Pregunta:
SOMOS VARIOS HERMANOS Y MI PADRE HACE TIEMPO QUE ESTÁ JUBILADO, PERO SIGUE EN ACTIVO Y COBRANDO LA PAC CON UNA EXPLOTACIÓN DE 60 HECTÁREAS. AHORA QUIERE CEDERNOS LOS DERECHOS Y LAS TIERRAS A LOS HIJOS. EL PROBLEMA ES QUE, LA MITAD DE LAS TIERRAS QUE PONE EN LA PAC NO SON SUYAS (DE MIS TIOS). MI PREGUNTA ES: CÓMO PUEDE MI PADRE CEDERNOS LAS TIERRAS Y LOS DERECHOS (TENIENDO EN CUENTA QUE NOS PONDRIAMOS COMO AGRICULTORES ACTIVOS Y TODO ESO),
PARA QUE EXISTA LA MENOR PENALIZACIÓN POSIBLE Y SI PODEMOS SEGUIR PONIENDO LAS TIERRAS QUE NO SON SUYAS EN LA PAC.

POR OTRA PARTE, SI SOLO PUDIERAMOS PONER LAS TIERRAS QUE SON SUYAS (UN 50% DE LO QUE AHORA MISMO FIGURA EN SU PAC, ES DECIR, 30 HECTÁREAS), CUÁL SERÁ LA PENALIZACIÓN PARA LA NUEVA ASIGNACIÓN DE VALORES POR DERECHO?

RESPUESTA:

Su padre podrá transmitirles toda la explotación, incluyendo las fincas que no son propias, si los propietarios están conformes con firmarles un subarriendo.

Otra opción es que su padre presente este año la solicitud única para que le asignen los nuevos derechos de pago básico, y a partir de 2016, podrá transmitirles sus derechos definitivos junto con sus tierras, sin penalización alguna, y los demás que le asignen, si no tiene superficies para transmitirla con ellos, con un 20% de peaje
 

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com

Suscríbete a la newsletter de Nuestro abogado responde

Suscríbete a la newsletter de Nuestro abogado responde

Recibirás información puntual del mundo agrario. No te enviaremos SPAM!

Política de privacidad

Te has suscrito con éxito!

Share This