pregunta:
Se jubila el rentero que ha gestionada las tierras – en aparceria 1/3- desde que yo era niño y tengo (47 años).
Tenemos unas 30 hectáreas de secano en el provincia de Albacete y Cuenca.
Hemos acordado que de sus derechos de pago unico, me cede una parte (6 derechos de PAC) por su jubilación.
Su hijo joven agricultor continuará con la aparceria de las tierras (1 parte de 3- según veniamos cobrando hasta ahora).
Yo soy funcionario no me dedico a la agricultura.
Preguntas.
1 Podrá cederme los Derechos de Pago Unico en el 2015 o habrá que esperar a que genere los derechos de Pago Básico para cedermenos en el 2016. O no podrá cedermelos.
2. HE leido que en caso de jubilación no habrá peaje.
3. Puede continuar el HIjo con la aparcería y yo cobrar los 6 derechos que me ceda.
4. Seré yo agricultor activo.
5. Hay alguna solución posible.
6. Entre el aparcero y yo hay buena sintonía.
respuesta:
Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com
