No me dedico a la agricultura, ¿perderé los derechos? – ¿puedo arrendar las tierras cediendo los derechos? – ¿Si las exploto yo en 2015 conservaré los derechos? – ¿Puedo vender (o donar) los derechos?

Autor de la pregunta:

Pa

Pregunta:

Tengo 12 Ha procedentes de herencia con derechos, declaradas y cobrando la PAC como "no cultivo" durante los últimos 3 años (incluido 2014), unos 1.900 euros/año de PAC. No me dedico a la agricultura (mis ingresos principales provienen de otra profesión). Os agradecería información de que situación va a quedar, es decir,
– ¿perderé los derechos?
– ¿puedo arrendar las tierras cediendo los derechos?
– ¿Si las exploto yo en 2015 conservaré los derechos?
– ¿Puedo vender (o donar) los derechos?
Gracias

REspuesta:

Para que le realicen la primera asignación de los nuevos derechos de pago básico debe cumplir el requisito de ser agricultor activo en este ejercicio 2014. 

Podría arrendar las superficies junto con los pagos y en ese caso sería el arrendatario quien percibiría las ayudas.
Para explotarlas usted en 2015, nos remitimos a lo indicado en la primera linea.
En estos momentos ya solo puede realizar transmisiones de derechos junto con superficies, es decir, no puede vender los derechos sin tierras.

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com

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