Autor de la pregunta:
BEA
Lo ideal sería que, si firma ya el contrato, antes del 15 de mayo, comunique igualmente la cesión de derechos en este plazo, en este caso, cumpliendo los demás requisitos para ser asignatario de pago básico, no tendrá problemas para que le asignen los nuevos derechos.
Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agro.profesionalcode.com
