La reforma fiscal que nos viene

REFORMA FISCAL

Aprobada la reforma fiscal, podemos analizar algunos de los puntos mas relevantes, aunque habría mas. Esta reforma regula, principalmente, el IRPF, el impuesto sobre sociedades y muy poquito el IVA.

La rebaja de tipos y tramos en el IRPF, permitirá que a partir de Enero del 2015 los trabajadores vean ya en sus nóminas sus salarios incrementados por la reducción de las retenciones que se les aplica en sus nóminas.

Los tramos que gravan los rendimientos del trabajo en el IRPF, se verán reducidos de 7 a 5, y los gravámenes que se aplicaran en esta primera fase de la reforma van del 20% al 47%; y en el 2016, segunda fase de la reforma, pasaran del 19% al 45%. Actualmente estos tipos van del 24,75% al 52% de manera general.

Hay que tener también en cuenta que a partir del 2015 el gravamen máximo del 47% se aplicará a rentas superiores a 60000€, cuando actualmente el gravamen máximo de 52% era para las rentas superiores a 300000€.

Autónomos

Otra de las cosas que mas se comentaban era la variación del método de estimación objetiva del IRPF.

Los cambios siguientes serían aplicables para el año 2016, manteniéndose igual para el 2015.

Finalmente se reduce el umbral para poder acogerse a este sistema de módulos, pasaremos a 150000€ de máximo tanto para ingreso como para gastos. Además no podrán acogerse al régimen de estimación objetiva los que facturen menos del 50% del total a personas físicas.

En cuanto a los autónomos que están en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, la cuantía de los módulos quedaría en 250000€.

Se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos. Y se incorpora un nuevo índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica, que será también de aplicación en el año 2014.

Se establece un nuevo índice de rendimiento para la actividad forestal de extracción de resina por lo que podrán aplicar módulos.

Sociedades

En cuanto al impuesto de sociedades, bajara en el 2015 al 28% y en el 2016 al 25%.

Para las Pymes, que se aplica el 25% para los primeros 300000€ de beneficio, a partir del 2016 se gravará al 25% toda la ganancia.

Para la nuevas empresas, según lo establecido en la Ley de emprendedores, el tipo reducido del 15% para los 300000€ primeros de base imponible y para el resto el 20%, durante los 2 años, a contar desde el primer año que diera positivo en dicha base imponible. A partir del 2015 será del 15% para todas las bases.

Se elimina el beneficio fiscal por mantenimiento y creación de empleo. Y desaparece la deducción por inversión de beneficios que se aplicaban las empresas con facturación inferior a diez millones de euros.

Julio Martín, asesor fiscal

Blog de Júlio Martín

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